Se le requiere para que en el término de tres días hábiles manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido de que, de no hacerlo, se le tendrá por precluido su derecho.
Tienes tres días hábiles para responder. Si no lo haces, pierdes esa oportunidad.
Ante la omisión del demandado, téngase por contestada la demanda en sentido afirmativo, salvo prueba en contrario.
Como no contestaste a tiempo, el juzgado puede dar por ciertos los hechos de la demanda.
Se declara que la presente resolución ha causado ejecutoria para todos los efectos legales a que haya lugar.
La sentencia quedó firme. Ya no se puede apelar.